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Así lo establece la ley 2/2021 del 29 de marzo. En base a esta norma, el Gobierno ha dispuesto duras sanciones para todo aquel que viaje con personas no convivientes y no lleve puesta la mascarilla dentro del vehículo. En resumen:
QUEDAN EXENTAS DE USAR MASCARILLA en el interior del vehículo "las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no disponga de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización".
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